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miércoles, 12 de febrero de 2014

Se acabó la reposición de la prestación por desempleo


En entradas anteriores habíamos hablado de las seguridad que para un trabajador daba el tener cubierta la reposición de la prestación por desempleo en caso de verse inmerso en un ERE temporal y posteriormente ser despedido (cuando ya había gastado parte de su prestación).
La última prórroga a tales medidas vino en el año 2013 con el Real Decreto-ley 1/2013 
Por otro lado, con el fin de mantener y ampliar la protección por desempleo de los trabajadores afectados por suspensiones o reducciones de jornada, con extinción posterior del contrato de trabajo, seguirán teniendo derecho a la reposición de la prestación contributiva por desempleo aquellos a los que se les suspenda o reduzca la jornada hasta el 31 de diciembre de 2013, y cuyo despido se produzca hasta el 31 de diciembre de 2014. El vencimiento de las fechas previstas en el artículo 16 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, requiere la inmediata e ineludible adopción de esta medida.
Por tanto, solo aquellos que hubieran encontrado el contrato suspendido o con reducción de jornada hasta el 31 de diciembre de 2013 estarán cubiertos y solo durante el año 2014 en caso de despido pudiendo reponer la prestación por desempleo ya consumida en los términos en los que se venía haciendo.
Como consecuencia de ello, aquellos que a partir del 1 de Enero de 2014 (salvo que haya novedades legislativas al respecto) se hayan visto envueltos en una suspensión o reducción de jornada de estas características no podrán recuperar si son despedidos posteriormente la prestación por desempleo que hubiesen consumido.
Una dura medida contra los trabajadores que asumen de este modo que si las medidas y herramientas que el estado ha puesto a disposición del empresario para intentar solucionar los momentos de crisis no llegaran a funcionar, serían estos últimos los que asumirían el riesgo, quedando sin protección por desempleo ante el fracaso de las medidas si se llegara a producir.

jueves, 21 de febrero de 2013

Despido durante la vigencia de un ERE temporal

Desiree nos cuenta:
En agosto de 2012 empecé un ERE temporal; a día de hoy sigo en esa situación y cobro por parte de la empresa y la otra parte por el paro. Dentro de un mes, van a hacer otro ERE masivo,pero este de dos años al 100% al paro y supongo que yo estoy dentro de ese grupo.
Tengo varias preguntas respecto al tema:
Pregunta 1: -¿pueden hacerme otro ERE, teniendo vigente hasta agosto de 2013 un ERE temporal?
Pregunta 2: En caso de que me echen estando en ERE temporal(sin haberme hecho el segundo ERE) ¿me devolverían todo el paro gastado,aunque me haya gastado ya más de seis meses?
Pregunta 3: ¿ tendría algún tipo de indemnización extra por que me echen estando de ERE?

viernes, 23 de diciembre de 2011

Aclaraciones sobre la reposición de prestación por desempleo

Luis nos cuenta:

Mi empresa me ha incluido en un segundo ere temporal de 180 días en un año, aprobado fecha 16-11-2011. El primer ere fue de 120 días en un año con fecha 21-6-2010 (he consumido de los 720 días de prestación que tenia derecho tan solo 120) y ahora me dicen en el SPEE que solo me repondrían 180 días si la empresa me echara. Según creo tienen que reponerte los 120 primeros días por incluirte en un segundo ere temporal (según boe-a 2009-3903) que dice que te reponen 120 días si te despiden y 90 si te incluyen en un segundo ere. Pero esos días (creo) cambiaron a 189 y a 120 al otro año.

Solo se que el SPEE no me repone. Dicen que hasta que me echen,  debería reponerme los 120 primeros días ante este segundo ere temporal. Estoy un poco perdido ante si esto ha cambiado o no. ¿qué debo hacer ante el SPEE?