Gustavo nos cuenta:
Hemos pasado el reconocimiento medico en la empresa. Sufro migrañas y soy repartidor, por lo que paso muchas horas conduciendo el coche. El medico ha reconocido que en esta situación no puedo conducir mas, ya que durante un ataque de migraña puedo provocar un accidente de trafico.
¿Qué puede hacer mi jefe, cambiarme el puesto de trabajo o despedirme sin indemnizar?
En primer lugar, es de suponer que en el reconocimiento médico hayan incluido alguna indicación respecto a si es usted Apto, Apto con restricciones o No Apto para conducir, lo cual sería de interés para lo que en un futuro pueda pasar al respecto.
No obstante, esta situación debe ser resuelta por el INSS que será quien valore si se encuentra usted en una situación de Incapacidad Permanente y si es así en el grado en el que se encuentra:
Recuerde que:
Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos correspondientes y en todas las fases del procedimiento (cualquiera que sea la Entidad gestora o colaboradora que cubra la contingencia de que se trate), evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas de la Seguridad Social por incapacidad permanente, en sus distintos grados, así como determinar las contingencias causantes de la misma.
Fuente: Seguridad Social [1]
En cuanto al despido por parte del empresario, lo habitual en estos casos es que sea usted reubicado en otro puesto en la empresa en el que la empresa (a través normalmente de su Servicio de Prevención) concluya que no existe riesgo, aunque también se puede llegar a la extinción del contrato, aunque no es lo más habitual.
Le recomendamos que consulte o acuda a un profesional que le asesore de los pasos a seguir para la valoración de su Incapacidad a través del INSS.
 
 
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