DIGF nos cuenta:
Trabajo en una empresa a tiempo completo y en otra a tiempo parcial. En la de tiempo parcial me encuentro actualmente en una excedencia por cuidado de un hijo.     
Quisiera saber si me despiden en la primera empresa (la de tiempo completo) y sigo en excedencia de la segunda, si tengo derecho a la prestación por desempleo integra de la primera empresa.
Si se ha generado derecho a paro en la empresa por la que le despiden y aun no se ha cumplido el tiempo establecido para la finalización de la excedencia en la segunda, efectivamente usted tendría derecho a percibir la prestación por desempleo por el tiempo al que usted tenga derecho, salvo que la fecha en la que termine su excedencia se solape con el periodo en que aun debiera tener devengo de prestaciones, ya que en ese caso usted ya podría reincorporarse al trabajo y no se encontraría en una situación de pérdida involuntaria de empleo.
 
 
hola,me gustaria saber si durante la situacion de excedencia voluntaria se puede trabajar y un vez que finalize ese trabjo cobrar la prestacion por desempleo....la excedencia seria por un año mas la prorroga de otro año...y durante la prorroga podria cobrar el desempleo?gracias
ResponderEliminarEs de lo que se estaba hablando en este artículo.
ResponderEliminarNo obstante, si usted ha agotado la situación de excedencia, y cuando termine la situación de excedencia usted está en situación de desempleo, debería reincorporarse ya que dejaría de estar en una situación de pérdida voluntaria de empleo a otra en la que la pérdida de empleo es voluntaria.
hola pedi una excedencia de 2 años encontre en el primer año de excedencia otro trabajo con lo cual no volvi a mi primer puesto ahora despues de más de tres años me niegan el paro.¿tengo derecho al paro aunque sea de mi ultimo trabajo? ¿cómo lo recurro?Ayudadme estoy hecha un lio y en el paro no me dan solución
ResponderEliminarNo termino de entenderlo bien, falta por ahí alguna coma o algún punto y aparte.
ResponderEliminarDe todas formas creo entender que pediste una excedencia y luego encontraste otro trabajo. Después, cuando se cumplió tu excedencia no regresaste al trabajo del que habías pedido la excedencia.
Y ahora te deniegan el paro del segundo trabajo, el que encontraste después.
¿Este segundo trabajo lo has abandonado voluntariamente? Porque si es así no tendrás derecho a prestaciones de ningún tipo.
llevo 7años trabajando en puesto fijo, y pretendo solicitar excedencia, por estar dentro de la bolsa del S.A.S, y estan llamandome para corta duracion, y asi centrarme en la bolsa,
ResponderEliminarmi pregunta es- por cuanto tiempo puedo pedir como minim excedencia, y si se puede prorogar, y si cada vez que finalice el contrato del sas, puedo cunplimentarlo con el paro, puesto qeu mi puesto de trabajo actual, tendria que contratar a alguien para ocupar mi puesto y no puedo estar dejandolos tirados cada vez que me llamen de la bolsa, y si por ejemplo, pido excedencia de 1 año, contratarian a aguien por un año en mi puesto, y a mi se me da trabajo por parte de la bolsa del S.A.S, 5 dias, despues paro una semana, trabajo 6, dias, y asi sucesivamente, por lo que si me deniegan la incorporacion en mi actual trabajo, ¿puedo compajinar la bolsa, con el paro, hasta la finalidad de la excedencia? y sobre todo la incorporacion a la excedencia una vez finalizada esta garantizada? gracias
El Artículo 46 del estatuto de los Trabajadores que regula esta cuestión dice que:
ResponderEliminar"El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia."
Hola Fernando:
ResponderEliminarTengo una consulta que hacerte.
Me acaban de despedir por despido improcedente de la última Empresa en la que he trabajado, a su vez estoy en situación de excedencia por cuidado de hijo hasta Octubre en otra Empresa que está en otra Comunidad autónoma.
¿Tengo derecho a cobrar la prestación por desempleo?
Según lo que he leído en tu primera respuesta lo tendría hasta Octubre, pero se da la circunstancia de voy a ser padre de nuevo en Julio de mellizos, con lo cual entiendo que automáticamente se prolongaría el periodo de excedencia por cuidado de hijo 3 años más.
¿Podré recibir entonces la prestación sin límite de fecha?
Muchas gracias, tu blog nos sirve de gran ayuda en estos casos.
Hola Sergio,
ResponderEliminarLa excedencia por cuidado de hijos no es, como dices, automática, sino que tendrás que comunicarla.
Entendido,
ResponderEliminarO sea que comunicando en mi anterior Empresa que he sido padre de nuevo puedo seguir de excedencia y no se paraliza la prestación por desempleo ¿es así?.
Lo que me interesa saber en realidad es si no me será denegada la prestación por desempleo en mis condiciones actuales.
Gracias de nuevo.
En teoría debería ser así, pero en realidad hay un tercer elemento más, que es el SEPE (Antiguo INEM) por lo que debería dirigirse hacia ellos para saber si se debe realizar algún trámite adicional al respecto.
ResponderEliminarEn tal caso, sería de interés que se comentara por si alguien se encuentra alguna vez en una situación similar.
Hola Fernando,
ResponderEliminarTengo una consulta.
Actualmente estoy en situación de excedencia voluntaria en una empresa (5años). Empece a trabajar en otra empresa, y actualmentellevo ya 3 años en ella, por lo que me quedan 2 años para que finalice el periodo de excedencia.
Actualmente estan las cosas mal y puede que me despidan, mi pregunta es:
¿Tendria derecho a paro si no tengo pensado de momento volver a la empresa en excedencia o tendria que solicitar el ingreso en la empresa de excedenica, y mientras no me lo den sitendria paro?
Gracias por todo.
Hola Felix,
ResponderEliminarDe eso precisamente trata este artículo y es a lo que hemos dado respuesta en el. Disculpa que no repita la respuesta, pero lo que pretendemos es dar una respuesta genérica y no repetir sin aportar información nueva.
Un saludo