miércoles, 1 de diciembre de 2010

Reanudación de la prestación por desempleo

Eduardo nos comenta
En estos momentos estoy en paro, y me ofrecen un contrato de obra y servicio, que creen que durará de 2 a 3 meses, cuando la empresa de por finalizada la obra (contrato), ¿podré re-engancharme al paro?, ya que me queda 8 meses de prestación, siempre y cuando no encuentre otra cosa.
En caso de encontrar algo mas sugerente durante este contrato, ¿tengo la obligación de decirlo 15 días antes de irme?
En este caso, podría usted reanudar la prestación por desempleo que estaba percibiendo.
Es uno de los motivos especificados para la suspensión de la prestación de desempleo:

"Realización de... un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses, realizar un trabajo por cuenta propia de duración inferior a 24 meses, incluso cuando se trate de trabajos esporádicos que no exijan el alta en algún régimen de la Seguridad Social. A estos efectos se considerará trabajo toda actividad, que genere o pueda generar retribución o ingresos económicos, por cuenta ajena o propia, que sea incompatible con la prestación."
...
"Para proceder a la reanudación de la prestación, salvo en los casos de suspensión por sanción, el solicitante debe acreditar que ha finalizado la causa de suspensión y que, en su caso, esa causa constituye situación legal de desempleo."

Respecto al preaviso, salvo que el convenio colectivo fije otra cosa, la obligación de preavisar es solo para contratos de duración superior a un año.

1 comentario:

  1. [...] This post was mentioned on Twitter by bigmouth, Respuesta Laboral. Respuesta Laboral said: Reanudación de la prestación por desempleo http://goo.gl/fb/8x29I ( #laboral, #rrhh ) [...]

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