lunes, 26 de abril de 2010

Consumir prestación de desempleo durante ERE temporal

En un comentario "Albacete" nos plantea:

¿Consume paro el trabajador afectado por esta regulación de jornada?
Es decir, si esta empresa reduce la jornada de trabajo un 25%, y por consiguiente los salarios otro 25%, el trabajador puede pedir que el Inem le pague el salario que deja de percibir, pero ¿lo hace a costa del paro que tenía cotizado? ¿o si lo despidieran tendría intacto el tiempo cotizado?

Así es.

El Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM) que es el que gestiona las prestaciones por desempleo calcula la prestación de ERE Temporal por semanas enteras, aunque si el ERE temporal se estableciera por días, el coeficiente a aplicar sería de 1,25 (de consumo de días de desempleo) por día trabajado.

No obstante, el Real Decreto-ley 2/2009, de 6 de marzo, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, indica lo siguiente:

Artículo 3. Reposición del derecho a la prestación por desempleo.
1. Cuando se autorice a una empresa en virtud de expediente de regulación de empleo o procedimiento concursal a suspender los contratos de trabajo, de forma continuada o no, o a reducir el número de días u horas de trabajo, y posteriormente se autorice por resolución administrativa en expediente de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal la extinción de los contratos, o se extinga el contrato al amparo del del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquéllas autorizaciones con un límite máximo de 120 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:


a) que la resolución administrativa o judicial que autorice la suspensión o reducción de jornada se haya producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive;
b) que el despido o la resolución administrativa o judicial que autorice la extinción se produzca entre la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y el 31 de diciembre
de 2011.

1 comentario:

  1. [...] días, el coeficiente a …Consumir prestación de desempleo durante ERE temporalPara ampliar información: Consumir prestación de desempleo durante ERE temporalBuscar Trabajo y Empleo. [...]

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