martes, 12 de enero de 2010

Distintas cuestiones sobre las vacaciones

En los últimos días han llegado algunas cuestiones sobre vacaciones, que por similitud merecen ser contestadas conjuntamente ya que entre todas se complementan:
María: trabajo en un supermercado y siempre han elegido las vacaciones las mas antiguas antes, tienen cogidos los mejores meses, ahora la gente nueva, q estamos fijos y llevamos una media de tres años trabajando queremos poder elegir también, estamos en nuestro derecho a que haya un sorteo de los meses o se hagan rotaciones,donde deben consultar nuestro derecho en el convenio o donde
Rocío:  Soy recepcionista de hotel y me rijo por el convenio de hostelería, el cual incrementa los 30 días de vacaciones en 14 festivos, más 4 días, en total son 48. El 4 de mayo el médico de cabecera me dio de baja por I.T. por embarazo y el día 2 de septiembre tuve a mi hija. La baja maternal me duró hasta el 23 de diciembre, a partir de esa fecha, cogí todas las vacaciones que me quedaban pendientes de ese año, que como sólo había disfrutado 14, me quedaban 34. Hoy he recibido un e-mail de la empresa diciéndome que no me corresponden tantos días, que al estar de baja, los festivos que entran en esas fechas me los tienen que quitar, con lo cual pasaría sólo a tener 21 días pendientes. El problema es que las vacaciones están firmadas por el comité de empresa y evidentemente, como estoy ya en ese período de vacaciones, las he firmado yo también. Dos preguntas se me plantean:
1º ¿Es cierto que no tengo derecho a esos días y los pierdo? (un inciso, anteriormente otra compañera de mi mismo departamento le pasó lo mismo pero en ningún momento se le planteó esto, ella disfrutó de todas las que le quedaban pendientes) y
2º ¿Si fuese como la empresa dice, pueden quitarme las vacaciones estando ya firmadas, habiendo sido incluso fallo de ellos?
Antonio: Mi jefe esta empleando la política de el trabajador más antiguo elije las vacaciones, dentro de mis compañeros tengo dos solteros con los mismos privilegios esto todos los años.Estoy casada y tengo un hijo de corta edad y mi marido por convenio tiene las vacaciones siempre la 1ª quincena de agosto,¿puede la empresa hacer esto y yo no poder ir nunca de vacaciones con mi marido y mi hijo?
En primer lugar se debe tener en cuenta que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 38 (citado en el artículo del enlace), marca las pautas básicas sobre como se deben desarrollar las vacaciones, protegiendo situaciones como la maternidad y derivadas, estableciendo unas pautas básicas en su aplicación y dejando a los convenios colectivos que desarrollen los aspectos que esta no contempla. Para todos los demás conflictos hace una llamada al uso de la jurisdicción social para dirimir los conflictos.
También conviene recordar que como se dijo en este anterior artículo las vacaciones no pueden comenzar en fin de semana, sea como consecuencia del trabajo o como consecuencias asimiladas como las bajas por maternidad, etc.
Siguiendo con ello, los convenios colectivos en muchas ocasiones indican como se hace el reparto de las vacaciones, estableciendo turnos de vacaciones en distintas épocas del año, etc. Si el convenio colectivo que es de aplicación no marca nada, depende de la negociación de todos los trabajadores y el empresario decidir cual será el calendario de vacaciones. Lo que el empresario hace en ocasiones ante la pasividad o el desconocimiento de los trabajadores es establecer los turnos de vacaciones que les parezca oportuno, por lo que lo recomendable es primero intentar negociar el calendario y, en caso de que la negociación no prospere, acudir a la jurisdicción social.

2 comentarios:

  1. EXISTE ALGUNA LEY QUE AMPARE QUE A LAS PERSONAS QUE ESTAN EN PAREJA Y SEAN MAS ANTIGUAS QUE OTRAS TENGAN LA PRIORIDAD DE ELEGIR LA FECHA DE VACACIONES PARA PASARLA CON SU FAMILIA???????, DE SER ASI POR FAVOR DIGANME PORQUE EN MI TRABAJO SOY LA VENDEDORA MAS ANTIGUA Y NO ME PUEDO IR CON MI PAREJA Y MIS HIJAS PORQUE TODOS QUIEREN LA MISMA FECHA , RESULTA ENTONCES QUE UN AÑO POR MEDIO PODEMOS DISFRUTAR JUNTOS Y OTRO AÑO SEPARADOS , TRABAJO TODO EL AÑO Y LOS UNICOS DIAS QUE TENGO PARA ESTAR SEGUIDO CON ELLOS RESULTA QUE TAMPOCO PUEDO HACERLO, COMO ES?

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  2. Estimada Candela,

    El artículo 38 del ET indica que las vacaciones se establecerán de común acuerdo entre empresario y trabajadores y en su caso según lo indicado en los convenios colectivos (revise el suyo)

    ( http://www.respuesta-laboral.es/2009/08/problemas-con-lactancia-vacaciones-no-disfrutadas-y-reduccin-de-jornada/ )

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