Anna nos relata lo siguiente:
Llevo en la empresa mas de 5 años con contrato fijo. Hace un poco mas de 8 meses tuve un niño. Desde que me incorpore al trabajo estoy haciendo jornada reducida por guarda legal de mi hijo. Ahora la empresa esta haciendo unos cambios, esta despidiendo gente porque dicen que tienen problemas economicos, no tienen beneficios, etc. Al mismo tiempo estan creando nuevos departamentos y estan contratando nuevas personas y mas a mas este año ha entado gente nueva en la empresa a los que ahora no despiden.
Bueno, pues a mi me ofrecieron un cambio de contrato de fija a fija discontinua o sino despido. La fija discontinua a mi no me interesa y respecto al despido , me dan 20 dias por año. Y ahora se ve que estan esperando a que mi hijo cumpla los 9 meses para al dia siguiente presentarme la carta del despido.
¿Mi pregunta es pueden despedirme con jornada reducida o hasta los 8 años no? y si los 20 dias es lo que me deberian pagar?Definitivamente, tanto la legislación como la jurisprudencia recogen que será nula la extinción del contrato y el despido de los trabajadores que hayan solicitado o estén disfrutando un permiso por guarda legal, salvo que se declare su procedencia por motivos no relacionados con el ejercicio del derecho a la excedencia.
En este caso la empresa se enfrenta a la posibilidad que el despido sea declarado nulo si optan por él. Si realmente la situación económica de la empresa es tan mala como dicen y la supresión de tu puesto les ayuda a superar esa dificultad (cosa que deberían probar en juicio) entonces si que te corresponderían los 20 días por año trabajado que te comentan.
 
 
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