lunes, 7 de septiembre de 2009

Despidos indiscriminados

Goyo lanza la siguiente pregunta:
Mi empresa donde trabajo desde hace 9 años esta haciendo recorte de personal.
Están dando a todos mis compañeros y a mí 3 meses de sueldo como indemnización y les da igual la antigüedad que tengamos cada uno.
Mi pregunta es la siguiente:
A pesar de que mi empresa nos dice que no están obligados a dar otro tipo de indemnización porque la ley no les obliga, salvo 3 meses de sueldo, ¿merece la pena ir a pleito pos esta razón? ¿O realmente llevan razón?
En ningún caso de extinción por causas objetivas está contemplada la fórmula a la que haces mención que es manifiestamente ilegal y susceptible de reclamación por vía judicial para obtener la calificación de improcedencia o nulidad del despido según corresponda analizando más en profundidad el caso.
Para más información puedes ver los artículos correspondientes (del 49 al 57) del Estatuto de los Trabajadores

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.