jueves, 3 de septiembre de 2009

BUROFAX SOLICITANDO LACTANCIA, VACACIONES Y COMUNICANDO REDUCCIÓN DEJORNADA

Mónica comenta lo siguiente:
He enviado burofax con texto certificado al empresario solicitando lactancia y vacaciones, y comunicando reducción de jornada, con más de 15 días de antelación y ayer día 31 de agosto hemos llegado a un acuerdo verbal, sin testigos, aunque dice que me lo comunicará por escrito.
Me tendría que incorporar el día 8 de septiembre.. si se negara a la lactancia acumulada (el convenio de autoescuelas la reconoce) ¿Existe plazo de comunicación para el empresario?... quisiera irme de vacaciones del 2 de sept. al 16 de sept. ¿puedo hacerlo?.
Ante todo felicitarte por haber realizado la gestión de manera impecable, dejando constancia de tu voluntad en caso de futuras reclamaciones que esperemos no sea necesario hacer ya que se llegue a un buen entendimiento entre las partes.
El Estatuto de los trabajadores ya manifiesta en términos suficientemente claros el derecho a la acumulación de lactancia, por lo que en su posición dentro de la jerarquía de leyes, se constituye como una herramienta muy potente para defender tus derechos, derechos que se ven aun más respaldados cuando el convenio colectivo que te es de aplicación también lo contempla.
Lo que si que conviene tener claro para responder a tus dos preguntas es lo siguiente:
Artículo 38. Vacaciones anuales.
(…)
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.
Al haber enviado tu burofax manifiestas tu interés en ponerte de acuerdo en fijar unas vacaciones con el empresario y si pasado un tiempo prudencial el empresario no da señales, podrías iniciar la reclamación por la vía judicial. El Estatuto es claro en este punto, debe ser un acuerdo entre empresario y trabajador por lo que las vacaciones no te las puedes tomar de manera unilateral, ya que esto sería causa de despido.
El empresario también ha tenido dejadez al fijar el calendario de vacaciones (dice que al menos dos meses antes del disfrute), máxime cuando en tu caso has estado en situación de maternidad y posteriormente lactancia, etc. Situaciones especialmente protegidas (y previsibles en cuanto a calculo de calendario de vacaciones) en cuanto al disfrute de las vacaciones, entre otros. Por tanto el empresario se encuentra de facto incumpliendo con su obligación de facilitar las fechas de sus vacaciones. Situación que en principio no le debería ser favorable ante una reclamación por vía judicial.

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