miércoles, 19 de agosto de 2009

Trabajador sin dar de alta

Mari Carmen pregunta:

El jefe de mi novio no le quiere hacer un contrato, hemos pensado en llamar a los inspectores para que lo pillen in-fraganti, pero, ¿le puede pasar algo a mi novio por esto? Gracias.

Contestando a esta pregunta de manera estrictamente legal podemos apuntar que el Real Decreto 84/1996 de 26 de Enero de 1996 en su artículo 32 indica lo siguiente:

En todo caso, cuando el empresario no cumpliere en tiempo su obligación de dar de alta a sus trabajadores o asimilados, éstos, sin perjuicio de las responsabilidades en que aquél pueda incurrir, podrán solicitarla directamente en cualquier momento posterior a la constatación de dicho incumplimiento. En estos supuestos, la Dirección Provincial de la Tesorería General o Administración de la misma dará cuenta de estas solicitudes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social al objeto de las comprobaciones y efectos que procedan.

Por tanto, el procedimiento indicado para llevar a cabo esta reclamación sería el de acercarse a una delegación de la Tesorería General de la Seguridad Social (preferentemente la Dirección Provincial) e indicar la situación en la que se encuentra, para ello es recomendable contar con elementos de prueba que permitan a la administración verificar de manera inequívoca que el trabajador presta servicios en una empresa y el momento desde el que lo viene haciendo.

Una manera de probar la relación laboral es hacer el ingreso desde el primer momento de las cantidades percibidas (como se suele decir “en B”)  en una cuenta bancaria, para demostrar desde el primer momento la percepción de ingresos regulares. No obstante cualquier otro documento o prueba que se pudiera presentar sería igualmente válido siempre que fuera obtenido de manera lícita.

Se percibe la intención de realizar esta comunicación de manera anónima, por lo que temen que haya represalias del empresario. En este punto entramos en arenas movedizas, ya que aunque en las relaciones laborales rige el principio pro-operario, los empresarios siempre van a contar con algunas herramientas que le permitirán “ordenar sus recursos” de la manera que estimen oportunos, por lo que en estos casos no puedo más que recomendar que cuenten con un buen profesional de las relaciones laborales (graduado social, abogado laboralista) que vigile la situación, así como consultar de manera inmediata a la Inspección de Trabajo ya que son el organismo indicado para salvaguardar los derechos del trabajador.

Relacionado: Documentos de la Inspección de Trabajo para la denuncia

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