miércoles, 1 de julio de 2009

Empresa reclama dinero al trabajador

Sergio pregunta:

(…) Resulta que mi empresa me reclama un dinero,porque según ellos he estado 14 meses cobrando 150e más de lo que me pertenecía, es decir, mi contrato es de 24h/semana y me estaban pagando como si fuese de 30, y ahora me exigen q lo devuelva. Mi cuestión es:

  • ¿Puedo negarme?
  • ¿Tengo que devolverlo todo?
  • ¿Que tengo que hacer?

Gracias.

Para responder esta cuestión nos referiremos al artículo 59 del estatuto de los trabajadores:

Artículo 59. Prescripción y caducidad.

(…)

2. Si la acción se ejercita para exigir percepciones económicas o para el cumplimiento de obligaciones de tracto único, que no puedan tener lugar después de extinguido el contrato, el plazo de un año se computará desde el día en que la acción pudiera ejercitarse.

Por tanto, la empresa puede legalmente reclamarte lo no prescrito, es decir, los últimos 12 meses. Los otros dos meses hasta los 14 quedarán como prescritos.

La prescripción se interrumpirá en el momento en el que legalmente solicite esas cantidades, por tanto si aun no lo ha hecho, los plazos de prescripción “continúan vivos”. Si lo ha hecho con anterioridad, “se detienen” los plazos de prescripción.

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