viernes, 3 de julio de 2009

Cuestión sobre Mobbing:

Adela pregunta:

¿Hay alguna ley de protección por acoso psicológico en el trabajo ('mobbing') sin tener nada que ver con la raza, religión ni sexo, sino más bien por su físico por exceso de peso?

Gracias.

a diferencia de los supuestos que nombras que están protegidos por nuestro ordenamiento legal y jurídico, el llamado mobbing está sujeto a unos planteamientos más difusos, sin embargo se puede luchar contra él siguiendo unos planteamientos:

Estos planteamientos se llevan a cabo aplicando normas del Estatuto de los Trabajadores (Art.4), que garantizan la integridad física y la intimidad y dignidad personales, y las normas de prevención de riesgos laborales como la LPR, que imponen al empresario la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger a sus trabajadores, tanto frente a los daños físicos como frente a las lesiones y trastornos psíquicos.

Para ello se hace imprescindible que el trabajador plantee su caso…

- Ante la jurisdicción social:

  • Denunciando los hechos ante la Inspección de Trabajo, que requerirá al empresario que tome las medidas pertinentes para que cese el acoso, así como imponer un procedimiento administrativo sancionador si el empresario no evalúa el riesgo psicosocial o si no adopta medidas para evitarlo una vez conocido el riesgo.
  • El trabajador puede solicitar la rescisión de su contrato de trabajo según lo dispuesto en el Artículo.50 .1 del E.T.
  • Si se declararan lesiones psíquicas como accidente laboral esto llevará aparejado el recargo de las prestaciones de Seguridad Social con cargo al empresario infractor.

- Ante la jurisdicción civil: Ejercitando acciones de responsabilidad civil contractual frente al empresario que ha ejercido un acoso moral o ha adoptado una postura pasiva frente al mismo.

- Ante la jurisdicción penal: Denunciando por coacciones o amenazas

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