miércoles, 24 de junio de 2009

Convenios y jornada

Graduada Social 19XX pregunta:
A quien corresponda:
La primera consulta: me gustaría saber donde puedo encontrar cualquier convenio para consultarlo. La otra consulta es como puedo calcular las horas diarias de trabajo, lo pregunto porque en un convenio vienen las horas anuales, ¿las vacaciones están incluidas, y los días de fiesta, en estas horas laborales? Gracias.
La primera pregunta no tiene respuesta fácil oficial, debes tener en cuenta que según el convenio colectivo sea provincial, interprovincial o de ámbito estatal figurará en los boletines oficiales de su ámbito de actuación, por ejemplo, si el convenio afecta a una sola provincia aparecerá en el boletín oficial de esa provincia, si afecta a toda España.
No obstante para ayudarte un poco más, el Ministerio de Trabajo e Inmigración facilita algo las cosas con unas páginas de acceso centralizadas para la búsqueda de los convenios colectivos, úsalas porque facilitarán mucho la búsqueda:
En cuanto a la segunda de las cuestiones los límites a la jornada laboral son los siguientes:
La jornada no puede exceder del límite de 40 horas semanales de trabajo efectivo en promedio anual, pudiendo ser distribuidas irregularmente. Solo tendrían la consideración de horas extras las que superaran ese límite de 40 horas semanales.
Asimismo, la duración de la jornada diaria no excederá de las 9 horas ordinarias diarias de trabajo efectivo, a no ser que se acuerde una distribución irregular de la jornada.
Conviene también saber que cuando el trabajador es menor de 18 años la jornada diaria de trabajo no puede exceder de 8 horas diarias, incluyendo el tiempo de formación.
Por convenio se fijan la duración máxima anual, en cómputo de horas anuales, un rápido cálculo nos permite saber que para un convenio colectivo habitual de 1800 horas anuales, la división por la jornada también habitual en España de 8 horas de lunes a viernes nos daría un resultado de 225 días trabajados (no los 360 o 365 naturales).

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