lunes, 14 de marzo de 2011

Subsidios e Incapacidad Temporal

Isabel nos cuenta:

Mi marido cobra el subsidio del PRODI ahora mismo y está con una ulcera en el ojo. ¿No se puede dar de baja de la ayuda y seguir cobrando por la seguridad social?

Salvo que la situación de Incapacidad Temporal fuera a causa de una recaída iniciada mientras estuviera trabajando, las condiciones para obtener la prestación por Incapacidad Temporal son las siguientes:

Estar afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante, mientras reciban asistencia sanitaria de la Seguridad Social y estén impedidas para el trabajo.

Se consideran situaciones asimiladas a la de alta:

La percepción de la prestación por desempleo de nivel contributivo.

Traslado por la empresa fuera del territorio nacional.

Convenio especial de diputados y senadores y de gobernantes y parlamentarios de Comunidades Autónomas.

Por tanto, al tratarse de una prestación no contributiva, no se puede ser beneficiario, salvo las excepciones previstas,de una prestación por Incapacidad Temporal.

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