Scala nos comentaba:
Mi caso creo que es algo atípico, fui empleado de plantilla de una eléctrica, (contrato temporal), con la actividad de lector contadores, después me despidieron porque esta actividad se subcontrató, en definitiva llevo pasadas por seis empresas con antigüedad de 20 años, realizando este tipo de trabajo, las cuatro últimas el tipo de contrato es de obra o servicio, al terminar una me liquida y paso a la siguiente  cada x tiempo hay una revisión del precio del contador(s), por parte de la eléctrica a las empresas subcontratadas para dar la obra aquella que oferte más bajo, ¿en este caso es un contrato de fraude?, pues llevo pasando de empresa en empresa desempeñando el mismo trabajo.
Aunque parezca complicada la situación que usted menciona está muy clara en la normativa, concretamente el Estatuto de los Trabajadores, que en su artículo 15.5 (ya mencionado en bastantes ocasiones por aquí) indica lo siguiente:
Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente.
 
 
Buenas tardes, compruebo que su respuesta de la lectura de contadores dice que según la ley me encuadro en un "trabajador fijo", sin embargo la empresa que empieza la contrata me,(nos) ofrece unas condiciones inferiores a las actuales y de 19 operarios, 10 aceptan las condiciones que ofrece, mis preguntas son;
ResponderEliminar1.- Cuanto suele durar el proceso desde que se inicia, (SMAC, juicio) hasta que se dicta sentencia?. (Reclamo que se me reconozca las condiciones actuales y los años de trabajo).
2.- Apesar de que estamos amparados por la ley, el juez puede fallar en favor de la empresa, si es asi, que otros caminos quedan por hacer valer nuestros derechos?.
Muchas gracias.
Hola de nuevo,
ResponderEliminarLamentablemente el tiempo puede variar según multitud de factores, entre los que destacarían la cantidad de asuntos que pueda tener un juzgado de lo social (que en tiempos en los que hay gran número de despidos aumentan considerablemente) y los propios avatares del procedimiento que se inicie, por lo que no se puede hablar de un tiempo exacto y puede variar desde semanas a meses e incluso años según el órgano al que se dirija.
Respecto a la segunda cuestión, si la sentencia no fuera favorable siempre existe la posibilidad de interponer un recurso. No obstante, la vía judicial es la principal vía y el cauce ordinario para conseguir esas reivindicaciones, aunque claro está, la legislación siempre contempla otros métodos como la huelga, la negociación sindical, etc. para estas situaciones.
Como siempre indico, esto no pretende ser un servicio de consultoría personalizado, ya que de hecho con tan pocos argumentos no se puede indicar una manera de proceder en un determinado asunto, en estos casos siempre es recomendable que consulte las pautas que aquí se han indicado con un profesional (graduado social, despacho jurídico, etc) para que le informen de como actuar en cada caso.
Buenos días, en el encadenamiento de contratos, se interrumpe el plazo si se continua en la misma actividad pero en régimen autónomo?, es decir;
ResponderEliminarUn primer contrato en regimen general en una empresa, más tarde otro contrato en otra empresa diferente a la primera, luego alta en autónomos durante tres años para más tarde pasar a ser contratado por otra empresa diferentes a las anteriores, en total 22 años con la misma activida, (mismo trabajo). Muchas gracias