lunes, 13 de diciembre de 2010

Dietas y descanso por viajes al extranjero

JRM nos cuenta:

Trabajo en una empresa en la cual tengo que hacer estancias medias de entre 12 y 15 días fuera de mi domicilio, para ello, tengo que hacer largos y pesados vuelos en en avión. No tengo asignada ninguna dieta por estos desplazamiento ya que la empresa contra facturas corre con todos los gastos. Mi pregunta es:

Tengo algún derecho al disfrute de días por estar fuera de mi domicilio durante estos viajes en los que se incluyen, 24 horas de viaje, sábados, domingos y festivos si coinciden?

 

En su artículo 40, el Estatuto de los Trabajadores responde a su pregunta, con independencia de mejoras que pudieran existir, por ejemplo en convenio colectivo o contrato de trabajo:

4. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.

El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.

No obstante, se entiende esto como un mínimo de derecho necesario, pudiendo estar mejorado en otras normas y convenios colectivos.

5 comentarios:

  1. [...] This post was mentioned on Twitter by bigmouth, Respuesta Laboral. Respuesta Laboral said: Dietas y descanso por viajes al extranjero http://goo.gl/fb/lnIi4 ( #laboral, #rrhh ) [...]

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  2. Cuando se refieren a residencia en poblacion distinta,tambien esta incluido paises de europa, america y resto del mundo?
    Hay algun reglamento que regularice los viajes en avion para los trabajadores que tienen que desplazarse a paises con distancias a partir de 5.000 Km.?

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  3. Efectivamente, aunque en este caso también podría influir la legislación del pais de destino si fuera más favorable que la española. Respecto a la cuestión sobre la legislación, reiterar lo ya comentado de que suelen ser los convenios colectivos y normas laborales específicas las que pueden desarrollar lo propuesto en el estatuto de los trabajadores

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  4. El convenio de quimica al cual estoy adherido por el ramo de mi empresa indica algo al respecto?.
    El tema es el siguiente:
    Compañeros de profesion de otras compañias del mismo ramo me dicen que por cada dia que trabajan fuera del pais les corresponden 1,5 dias de descanso.
    A partir de viajes que tengan una duracion de vuelo superior a cinco horas la empresa debe modificar el billete de avion pasando de turista a una categoria superior.
    ¿Esto es cierto ó me toman el pelo?

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  5. En algunos convenios puedes encontrar cláusulas como esta (visto en otro convenio):



    G) Las personas desplazadas, en este caso, tendrán derecho a 5 días de permiso por cada tres meses de desplazamiento, sin contar los de viaje, acumulables a la finalización del mismo, prorrateándose a razón de 1,5 días de permiso por cada mes de desplazamiento, resultando 5 días por cada trimestre, que podrán sustituirse por cualquier otra fórmula de descanso de acuerdo con el interesado.

    No obstante, el convenio al que usted hace mención (RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del XIV Convenio Colectivo General de la Industria Química.) no indica nada al respecto.

    Quizá otros convenios colectivos de rango inferior mejoren lo dicho al respecto. Consulte el Boletín Oficial de su provincia o comunidad autónoma para obtener información sobre los convenios que pudieran serle de aplicación.

    Esta página pretende servir de orientación para que los actores de las relaciones laborales sepan que derechos y que deberes corresponden dentro del mundo laboral español y sepan con qué recursos cuentan para hacerlos cumplir. Si desea un servicio personalizado le recomendamos se ponga en contacto con nosotros o acuda a un profesional que analizará su situación con mayor detenimiento y podrá darle una información más ajustada y personalizada.

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