lunes, 18 de octubre de 2010

Vehículos y retribución en especie

Retomamos con la siguiente consulta un tema que tratamos anteriormente:
Hasta más o menos el pasado mes de mayo,mi empresa tenía a disposición del empleado que lo necesitara un par de vehículos Para usarlos bastaba con apuntarse en una lista de reserva. Al terminar la visita se devolvía en una de las plazas de aparcamiento alquiladas en un costoso parking del centro de la capital.
Pero con la crisis,  sólo queda un cliente que requiera desplazamiento regular, que desgraciadamente es mi cliente ,y actualmente exige que cumpla la totalidad mi jornada laboral en sus oficinas . Así que la dirección decide recortar gastos, da de baja un vehículo y para ahorrarse el alquiler de una plaza se me indica que ya no es necesario que lo devuelva al finalizar la jornada.
A partir de este momento desaparece la lista de reserva. Ahora en caso de que otro empleado necesite hacer uso del mismo, se me avisa, y a la mañana siguiente lo entrego en la oficina (desde el verano, este supuesto sólo se ha dado una vez).
Hace un par de días, nuestro  RRHH me informa que debido a que se me ha "asignado un vehículo de empresa",  a partir de este momento se va a proceder a descontarme cierta cantidad en concepto de "retribución en especie".
Por supuesto, he respondido que no pienso aceptar deducción alguna. Este cacharro ( un turismo de media cilindrada, gasolina con más de diez años de antigüedad desechado tiempo ha por la dirección) se ha usado únicamente dentro del horario y para fines laborales. Nunca lo he utilizado para un asunto privado. Hasta este momento jamás se me había informado que el uso de dicha herramienta de trabajo implicaba una merma en mi nómina. Me resulta sumamente injusto y penoso el hecho. ¿por qué no gravar al empleado al que se le confía un teléfono móvil o un ordenador? También él puede mirar un mail o recibir una llamada personal.
La pregunta es simple, y ahora ¿qué hago? ¿Cómo me defiendo? ¿Es legal?
Si el vehículo no está solo a su disposición sino de toda la empresa no se trata de una retribución en especie sino de una herramienta de trabajo y por tanto no puede figurar como retribución.
En cuanto a que hacer, en primer lugar debería informar a sus responsables de que el uso que se ha dado del vehículo queda configurado como herramienta de trabajo (si nunca ha firmado como que es retribución en especie el vehículo) y que su condición, como bien apunta, es análoga al móvil o al PC.
En caso de que la empresa proceda a descontarle de su retribución el vehículo debe plantear las oportunas reclamaciones sobre su salario, comenzando por los servicios de conciliación y arbitraje correspondiente, y si la empresa no cede en sus pretensiones llevar el asunto a la vía laboral.
Como siempre, recomendarle que se dirija a un profesional en el ámbito de la jurisdicción social (servicios jurídicos de sindicatos, graduados sociales, abogados laboralistas, etc) para que le asesoren en sus conflictos laborales.

2 comentarios:

  1. [...] This post was mentioned on Twitter by google reader , Respuesta Laboral. Respuesta Laboral said: Vehículos y retribución en especie http://goo.gl/fb/iZhGR ( #laboral, #rrhh ) [...]

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  2. Cuando se percibe retribución en especie, su importe se incorpora en los devengos y luego en las deducciones (suma y resta). Si hasta ahora en los devengos no aparece el valor del uso del vehículo, en el caso de que lo pasaran a considerar remuneración en especie no sólo te lo deducirán, sino que también aparecerá ese nuevo concepto sumando en los devengos. Yo volvería a preguntar al de RRHH para aclarar las dudas, que es el que mejor te lo va a explicar puesto que es quien tiene todos los datos de tu caso.

    Un saludo.

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