Micheloty pregunta:
Entro a prestar servicios para una comunidad quedándome con el puesto de conserje que había (gestionado por otra empresa) porque así tengo entendido que dice la ley y ahora resulta que en el contrato anterior con la otra empresa prohíbe esto durante un año.
¿que hago ahora?
Aplicando el principio de jerarquía normativa, un contrato (que es por así decirlo, la pieza de ley de menor rango) no puede situarse en contra de otras normas de rango superior, así que si su convenio colectivo u otras normas sectoriales reflejan que se puede hacer subrogación, los contratos mercantiles entre empresas son de rango inferior y por tanto esas cláusulas son nulas.
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