Antonio nos cuenta:
Me han suspendido de empleo y sueldo durante 15 días, yo no estoy de acuerdo y he decidido acudir al centro de trabajo cada día, ¿estaría incurriendo en una falta disciplinaria?
Una de las potestades del empresario es la de imponer sanciones a las faltas cometidas por los empleados, dicha potestad no supone que el empresario tenga vía libre para imponer las faltas como desee sino sometidas a unas normas (normalmente fijadas en convenio colectivo).
El trabajador puede impugnar estas decisiones acudiendo a los representantes de los trabajadores de cada empresa, y por supuesto acudiendo a la jurisdicción social para que dirima el conflicto entre trabajador y empresario.
Sin embargo, acudir al centro de trabajo cuando el empleador ha sancionado con dicha suspensión podría ser considerado otra falta más y por tanto agravar la situación, siendo causa incluso de un despido disciplinario.
 
 
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