miércoles, 26 de agosto de 2009

Reducción de Jornada y Guarda Legal

Javier pregunta:

¿tiene derecho una madre con un niño de 2 años a que le concedan en su trabajo una reducción de jornada de 30 minutos diarios y a adaptar su horario para poder salir antes y así recoger al niño de la guardería?

La fórmula legal en cuestión se llama “Guarda Legal”, viene regulada en el Estatuto de los trabajadores en el artículo 37.5 e indica lo siguiente:

Podrán reducir su jornada los trabajadores que tengan a su cuidado directo algún menor de 8 años, o una persona con discapacidad física o psíquica o sensorial que no desempeñe actividades retribuidas.

La reducción de la jornada oscilará, con respecto a la ordinaria, entre como mínimo una octava parte y como máximo la mitad de la jornada ordinaria.

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