jueves, 17 de noviembre de 2011

Lactancia y vacaciones del año anterior

A. nos cuenta:

He pedido en mi empresa poder disfrutar de la lactancia acumulada tras la baja por maternidad y tras ésta las vacaciones del año anterior.
La empresa me descuenta esos días de vacaciones a efectos de realizar los calculos para obtener los días de acumulación de lactancia.
¿A lo efectos de calcular la lactancia acumulada se puede descontar esos días las vacaciones que no se disfrutarón en el período anterior?.

Respecto a las situaciones protegidas de maternidad y lactancia, las vacaciones que queden sin disfrutar del año anterior podrán ser recuperadas tras reincorporarse al trabajo, por lo que la empresa no puede descontarlas.

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