lunes, 15 de marzo de 2010

Acumulación del permiso de lactancia

Mónica pregunta:

Trabajo en el sector textil 10 horas semanales, ahora estoy disfrutando de baja maternal y quiero coger la hora de lactancia en días enteros. ¿es una hora por jornada laboral, es decir 3horas semanales hasta los 9meses?

El artículo 37.4 del estatuto de los trabajadores tiene una redacción que en ocasiones ha llevado a la confusión, dice lo siguiente:

4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.

La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.

Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.

4.bis En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional del salario. Para el disfrute de este permiso se estará a lo previsto en el apartado 6 de este artículo.

El problema surge de que habla a la vez de media hora o una hora entera. No obstante, la costumbre y jurisprudencia deja claro que se trata de un permiso de media hora, pero en caso de que el permiso suponga que el o la trabajadora deban interrumpir su jornada laboral para disfrutar de ese permiso y volver a su puesto de trabajo, en ese caso la duración será una hora. No obstante, en caso de que la lactancia se disfrute como una reducción de jornada, tendrá la consideración de media hora, a los efectos que deba tener para la acumulación por días.

2 comentarios:

  1. [...] el tema de la reducción de jornada por lactancia ya hablamos anteriormente, complementando lo indicado en ese artículo y respondiendo a su pregunta  comentar [...]

    ResponderEliminar
  2. [...] Respecto a la acumulación de horas de lactancia, fue un asunto que se trató con anterioridad en esta entrada (Ver Enlace). [...]

    ResponderEliminar

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.