Rocío nos cuenta en un comentario:
Mi marido lleva sin cobrar 3 meses más 3 pagas extras, presentamos una reclamación de cantidades, no se presentaron y ahora queremos rescindir su contrato por incumplimiento de pago. Ahora mismo está de baja por ansiedad y mi pregunta es la siguiente: Si pide que la seguridad social se haga cargo de su nómina ahora mismo, ¿tendría algún problema para la rescisión de su contrato?
En el proceso de reclamación de cantidad se debía haber demandado al Fondo de Garantía Salarial que es el organismo que se hace cargo del pago de salarios para hacer efectivos (en la cuantía que al FOGASA le corresponda) los salarios pendientes. Es este organismo y no la Seguridad Social el que se debe hacer cargo del pago.
Por otro lado, la rescisión del contrato por impago de salarios se debe a que el empresario ha incumplido con su obligación de pagar al trabajador, reflejada en el contrato de trabajo.
Por tanto, independientemente que un organismo como el FOGASA se haga cargo del impago de salarios, el empresario sigue incumpliendo con su obligación y por ello el trabajador se ve facultado para solicitar la extinción de su contrato.
[...] indicábamos en esta anterior consulta se debe demandar al FOGASA como parte implicada para que se pueda tramitar el cobro de los salarios [...]
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