lunes, 26 de enero de 2015

Preparando la papeleta de conciliación

Paloma nos cuenta:

Voy a interponer papeleta de conciliación y la dirección que tiene la empresa como domicilio social no es válida porque no hay nadie.

¿Que dirección pongo? ¿la del centro de trabajo que pertenece a otra ciudad?
¿tendría que presentar en la otra ciudad la papeleta de conciliación? 
Yo resido en la misma localidad donde está el domicilio social de la empresa. 
¿Qué pasa si no le notifican por desconocido? 
¿Se pasaría el plazo de los 20 días para impugnar el despido?
En primer lugar hay que dejar claro lo de los 20 días. Una vez presentada la papeleta de conciliación se suspenden los plazos de caducidad y prescripción por lo que en ese sentido una vez presentada el tiempo no corre hasta que se celebra el acto de conciliación. 

En todo caso, transcurridos 30 días sin haberse celebrado el acto de conciliación se tendrá por cumplido el trámite.

La recomendación es que incluyas en la papeleta todos los datos para localizar al empresario, es decir, incluye el domicilio social y cualquier otro dato que facilite la localización, siempre de acuerdo con el profesional con el que estés tratando tu caso.

Por regla general, si en las señas existentes no se localizara a nadie el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación generalmente hace indicar que se ha intentado la conciliación pero sin efecto.

Y respecto a tu cuestión relativa a donde presentar la demanda, la ley es clara en ese sentido: lugar de prestación de los servicios o el del domicilio del demandado, a elección del demandante


La legislación de aplicación para esta consulta es:

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