Roberto nos cuenta:
Trabajo a turnos y descanso lunes y martes una semana,miércoles y jueves otra, viernes y sábado otra.
Mi pregunta es que ocurre cuando estos descansos coinciden con los 14 días festivos que todo trabajador tiene derecho de disfrutar.este año 7 de esos 14 descansos me han coincidido con festivos nacionales, locales o regionales y no se si debieran de ser compensados con otros días de descanso.
En todo caso, compruebe que debido a esos cambios en los días de descanso y su coincidencia con festivos usted disfruta fuera de esas fechas del correspondiente disfrute de festivos, así como que su jornada máxima anual no excede de la establecida en el convenio colectivo.
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